martes, 3 de marzo de 2015

ACLARACION SOBRE LA POTESTAD DE CLAUDIO IPARRAGUIRRE PARA HACER LO QUE QUIERA EN LA ASP. A PARTIR DEL 1/01/2015.

Julio Maldonado Oré y Alvaro Castro Fernández

Aun los más obcecados defensores del Sr. Claudio Iparraguirre tendrán que reconocer que la XIX Asamblea convocada ilícitamente para elegir otro pretendido CDN señaló que era para el período eleccionario 2012-2014 y que el Acta de Instalación de este pretendido Consejo Directivo Nacional de la Asociación de Scouts del Perú, como no podía ser de otra forma, reconoció también el mismo plazo de este período electoral.

Período electoral que terminó el 31 de diciembre de 2014, inapelablemente.

Lamento que sus asesores, que más saben, no hayan informado al Señor Claudio Iparraguirre que el Código Civil establece que, vencido el plazo eleccionario, el Presidente no tiene otra función – ni otra prerrogativa – que la de convocar a una Asamblea Eleccionaria. Nada más.

No me estoy refiriendo al Reglamento de la SUNARP que establece lo mismo, y que el referido Señor Iparraguirre no podría acatar, aunque tuviera total disposición, por cuanto no ha podido cumplir los requisitos para inscribirse en ella.

Tampoco se ha realizado una Asamblea Extraordinaria para modificar el Estatuto por el que se rige este pretendido CDN, por lo que habiéndose terminado el período para el que fue elegido, el 31.12.2014, el Señor Iparraguirre no podía seguir gobernando a su libre albedrío la ASP.

No es válido el descabellado intento de ordenar a sus seguidores, en fecha 2 de enero de 2015, “reorganizar” el Consejo Scout Nacional, debido a que según el CDN, se opone a los atentados que el Señor Iparraguirre ha realizado contra la Asociación de Scouts del Perú.

También lamento que haya personas – quizás bien intencionadas – que no logren entender cómo se está destrozando, sin pausa, una institución peruana que trabaja por la juventud y que, sin darse cuenta, están hablando en provecho del ego y de la vanidad de quienes han sido legalmente expulsados del escultismo por faltar a su Promesa y Ley.

También hay personas – supongo bien intencionadas – que piden diálogo con las actuales autoridades, pero nadie específica para qué es ese diálogo y qué es lo que se quiere lograr.
A ellos ninguna pretendida autoridad ha tenido la gentil consideración de informarles que, desde la época de Korswagen, pasando por la de Mackenzie y por la de Iparraguirre, las autoridades del Consejo Scout Nacional con Elías Mendoza Habersperger a la cabeza, seguidos de Carlos Garatea Yori y Alan Kessel del Rio, no han cesado de conversar con ellos, sin resultado alguno,
Ninguno de los mencionados ex Presidentes del CDN puede desmentir lo anotado por mí en el precedente párrafo.

Tampoco los mencionados ex presidentes del pretendido CDN han manifestado nunca qué es lo que están dispuestos a dar a favor de la ASP.

Hay quienes hacen circular su idea de que hay que ser pragmático para que la ASP pueda continuar. No dicen cómo se quiere continuar. Pero, ya en sí la idea de ser pragmático no cabe en este caso, se puede ser pragmático en un negocio de venta de verduras, de gaseosas, de uniformes, ó en el que se imaginen, etc. pero no en negociar con valores y principios inmanentes a la formación de jóvenes, scouts peruanos.

Pero, todos ellos hablan sin poder decir la verdad.

Usted, Padre de Familia ¿quiere ser pragmático con la educación de su hijo?.
¿Sabe que el Tribunal Registral de SUNARP, ante una apelación del Señor Iparraguirre, emitió la Resolución 1726 pronunciándose contra la inscripción de los CDN presididos por Korswagen, por Mackenzie y por Iparraguirre, es decir, declarando nulo todo lo actuado por ellos desde el 15 de marzo de 2007?.

Todos tenemos la obligación de decir la verdad y actuar.
Usted, Antiguo Scout,
Usted, Ex Dirigente Scout.
Usted, Padre de Familia.
Díganlo ahora, actúen ahora, los hijos de todos valen mucho.
28 de febrero de 2015.

Julio Maldonado Oré, Primer Comisionado Nacional de Lobatos ASP.
Álvaro Castro Fernández, Ex Comisionado Regional. Región VII. ASP.

Tomado de Logros y Metas Nº 748

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