Scout de Colombia son obligados a modificar su estatuto
Saludos a todos,
Creo que a mas de uno le parecerá esta información por lo menos interesante, y resulta que los estatutos y reglamentos de las organizaciones de un país (por ejemplo de una asociación cualquiera como puede ser una Asociación Scout) NO PUEDEN ir contra normas de carácter constitucional, es decir, no pueden atentar contra el derecho de las personas.
Recientemente en Colombia, la norma en la que un miembro activo que se retire, sería vetado y no volvería al movimiento ha sido modificada debido a un fallo de la Corte Constitucional de Colombia, la misma que declaro inconstitucional dicho artículo.
Hagamos reflexión y analicemos si los estatutos y reglamentos de las organizaciones que hacemos escultismo en el Perú (cada cual desde su cancha) en realidad contamos con normas que no atentan con el derecho de las personas, pues si es así... que complicado!
Como dice mi hermano Aguila Negra
"La protección es buena cuando tiene un fin en beneficio del bien general, pero cuando se busca cautelar intereses non claros, se corre el riesgo de caer en la ilegalidad, o peor aún... en la inconstitucionalidad.
Un Escultismo inconstitucional no es Escultismo."
Más detalles en:
http://www.lapatria.com/Noticias/ver_noticia.aspx?CODNOT=35292&CODSEC=2
Abrazos,
Carlos Ponce De León
Asociación Peruana de Escultismo
Tomado de la lista de distribución Scouts Peruanos
3 de abril del 2008
3 de abril del 2008
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