El Ing. Álvaro Castro Fernández, miembro del Consejo Scout Nacional, propone:
1. Precisión y aclaración necesarias
En las últimas semanas he tratado de conversar con algunos de los pretendidos directivos de la ASP e, inclusive, con algunos de los que aún creen - o quieren hacer creer – que tales directivos han sido elegidos en asambleas legítimas y que es un error de la SUNARP el no querer inscribirlos; además, de que creen –o quieren hacer creer - que se les denuncia sin fundamento. Varios aceptaron conversar y logramos armonizar a favor de la ASP; otros, los menos, manifestaron no querer tratar el tema, o dieron diversos y consabidos motivos para no contestar.
Pero, en todo caso, creo que es válido reiterar lo ya expuesto:- “La Resol. N° 143-2002-ORLC/TR (publicada el 05-O4-2002) ha establecido el siguiente precedente de observancia obligatoria, aplicable también a sesiones de consejo directivo: ART. 158 RGRP: La convocatoria a asamblea general de las asociaciones debe señalar las materias a tratar, no siendo válido adoptar dichos acuerdos respecto a materias no consignadas en la convocatoria.“
Este artículo, que pertenece al Reglamento General de los Registros Públicos, no ha sido derogado a la fecha. - El día lunes, 12 de marzo de 2007 a las 11:03 horas, vía correo electrónico, el entonces Jefe Scout Nacional F. Korswagen, propone al Presidente CDN… "temas de agenda para la reunión del Consejo Directivo Nacional de este jueves 15 de marzo de 2007 a 19:30 horas ". No se indica como tema de agenda la remoción del Presidente del Consejo Directivo Nacional René Arroba Arnáiz.
- El día martes 13 de marzo de 2007 a las 10:40 a.m., vía correo electrónico, R. Arroba Presidente del Consejo Directivo Nacional, convoca "a Sesión de Comité Directivo Nacional para el día jueves 15 de marzo 2007 a horas 19.30 en la Sede Scout (Av Arequipa N° 5140. Miraflores) a fin de tratar los siguientes temas", no indica como tema de agenda su remoción del cargo que ocupa.
- En la fecha, hora y local se da inicio a la sesión convocada, bajo la Presidencia de R. Arroba, con la asistencia de F. Fink , I. Rivarola , M. Beltrán, J. de la Cruz , F. Korswagen , P. Hinojosa y F. Llerena quien actúo como Secretario.
- En el curso de la sesión, el secretario - abogado don F. Llerena dio lectura “ al artículo pertinente del Reglamento de la Asociación, es decir, el artículo 9° del Reglamento del Consejo Directivo que disponía que la Agenda de la Sesión era aprobada al inicio de la misma …”; sin embargo , y pese a que ninguno de los asistentes hizo notar el error cometido por el secretario-abogado, resulta cierto que el mencionado y leído artículo 9° no tiene relación alguna con la Agenda. Me pregunto ¿nadie se dio cuenta?
- A continuación y después de la deliberación y votación se aprobó la Agenda de 6 puntos para la Sesión en curso. Tampoco se consigna como tema de agenda la destitución del Presidente Sr. R. Arroba.
- En el desarrollo de la Sesión y “ante la negativa del Sr Arroba de renunciar al cargo de Presidente del Consejo Directivo Nacional, el Sr. Felipe Llerena Vásquez propone su destitución al cargo de Presidente, el cual fue secundado por el Sr. Patricio Hinojosa Gonzales“. Hubo algunas intervenciones antes que el Sr. Arroba se retirara siendo las 22 horas con 10 minutos. Continuando bajo la presidencia del Sr. Iván Rivarola, se aprobó por unanimidad de los presentes (7) la destitución del Sr. R. Arroba en el cargo de Presidente del Consejo Directivo Nacional y Presidente de la Asociación de Scouts del Perú.
- No existe la menor duda sobre la ilegalidad de tal destitución y que desde ese punto de la Sesión del 15 de marzo de 2007 son írritos todos los actos realizados por los restantes miembros de ese CDN así como los del pretendido CDN actual, aunque sientan que se están sacrificando por la ASN.
- Habiendo terminado el período para el cual fue elegido el Sr. R. Arroba, solamente está facultado para convocar a una Asamblea Nacional Ordinaria para, según el Estatuto de diciembre de 2002: “Elegir a los miembros del Consejo Directivo Nacional y de la Comisión Revisora de Cuentas“.
2. Por qué la intervención del Consejo Scout Nacional
Se considera como inicio del Escultismo en el Perú el 25 de mayo de 1911, fecha de creación del Primer Grupo Scout, en la ciudad de Barranco. Luego tomó impulso el crecimiento con la dación en 1967 de la Ley 16666, continuó la expansión con la Inauguración Oficial de la Sede Scout Nacional el 25 de mayo de 1975 y por diversos factores de alcance nacional se detuvo la expansión, hasta la fecha, cuando el declive en la membresía la hace comparable a la de 45 años atrás es decir aproximadamente 4,000 miembros.
Se tiene que tener en cuenta y examinar si el hecho de que una parte de los integrantes del pretendido CDN y de otros anteriores, que aparecen sucediéndose y alternando en diferentes cargos, bajo el pretexto de introducir la “democracia“, han llevado a la ASP, bajo un gobierno de tipo dictatorial que origina numerosas quejas y que con una política de velada privacidad oculta los problemas de credibilidad y confianza que existen.
Se requiere transparencia en los problemas que afectan la gobernabilidad y aprovechar el conocimiento y posibilidades de los dirigentes, voluntarios, ex scouts, padres de familia y sociedad en su solución. Si no hay comentarios y discusión, no hay reflexión ni análisis válidos y menos poder contar con alternativas para la solución.
Se necesita un Consejo Directivo Nacional legítimamente elegido por una Asamblea que exprese genuinamente la voluntad colectiva no manipulable, y que se cuente con un nuevo Estatuto para lograr un contexto positivo que permita que la ASP logre:
… POR ESTATUTO: “El Consejo Scout Nacional es el órgano de apoyo de la Asociación, cuya misión es facilitar el cumplimiento de los fines, contribuir en el financiamiento de sus necesidades y promover el desarrollo del Movimiento Scout en el país.
Estará integrado por un número ilimitado de personas que representen en forma amplia los diferentes sectores de la vida nacional. Sus integrantes son designados por el Consejo Directivo Nacional, a propuesta de cualquier miembro activo de la Asociación y tienen el carácter de miembros activos.”
… POR REGLAMENTO DEL CONSEJO SCOUT NACIONAL: “El Consejo Scout Nacional es un órgano de apoyo de la Asociación cuya misión es la de facilitar el cumplimiento de sus fines y contribuir al financiamiento de sus necesidades. Representa el propósito de la Comunidad nacional de respaldar al Movimiento Scout como instrumento de desarrollo cívico del Perú en el campo de la formación integral de la juventud.
El Consejo Scout Nacional está integrado por ciudadanos de reconocida solvencia moral y prestigio que representen en forma amplia los diferentes sectores de la vida nacional. Anualmente fijará el número de sus miembros”.
POR ELLO, el Consejo Scout Nacional que tiene misión y composición fijadas por el Estatuto y su Reglamento y cuyos miembros tienen el carácter de miembros activos y tienen permanencia voluntaria e indefinida en su seno, está llamado –en este caso, por la supervivencia de la ASP– a actuar pronto y decididamente y su Comité Coordinador debe convocar a reunión de sus integrantes, para:
Lima, 19 de octubre de 2010
Se considera como inicio del Escultismo en el Perú el 25 de mayo de 1911, fecha de creación del Primer Grupo Scout, en la ciudad de Barranco. Luego tomó impulso el crecimiento con la dación en 1967 de la Ley 16666, continuó la expansión con la Inauguración Oficial de la Sede Scout Nacional el 25 de mayo de 1975 y por diversos factores de alcance nacional se detuvo la expansión, hasta la fecha, cuando el declive en la membresía la hace comparable a la de 45 años atrás es decir aproximadamente 4,000 miembros.
Se tiene que tener en cuenta y examinar si el hecho de que una parte de los integrantes del pretendido CDN y de otros anteriores, que aparecen sucediéndose y alternando en diferentes cargos, bajo el pretexto de introducir la “democracia“, han llevado a la ASP, bajo un gobierno de tipo dictatorial que origina numerosas quejas y que con una política de velada privacidad oculta los problemas de credibilidad y confianza que existen.
Se requiere transparencia en los problemas que afectan la gobernabilidad y aprovechar el conocimiento y posibilidades de los dirigentes, voluntarios, ex scouts, padres de familia y sociedad en su solución. Si no hay comentarios y discusión, no hay reflexión ni análisis válidos y menos poder contar con alternativas para la solución.
Se necesita un Consejo Directivo Nacional legítimamente elegido por una Asamblea que exprese genuinamente la voluntad colectiva no manipulable, y que se cuente con un nuevo Estatuto para lograr un contexto positivo que permita que la ASP logre:
- Como espíritu, un paradigma educativo no formal, para muchachos;
- Como herramientas, programas acordes con nuestra realidad llevada por voluntarios y dirigentes con vocación de servicio;
- Tener un organigrama que sustente la expansión scout asumiendo el reto social del Perú;
- Capacidad para captar financiamiento para sus programas y para generar recursos;
- Sabiduría para aprovechar el conocimiento y disponibilidad de los ex –scouts;
- Construir una organización bajo la Ley y Promesa Scout, que tenga visión, capacidad dirigencial y estrategia;
- Tener un Plan Estratégico anual;
- Alcanzar difusión en la sociedad para recuperar la presencia nacional.
… POR ESTATUTO: “El Consejo Scout Nacional es el órgano de apoyo de la Asociación, cuya misión es facilitar el cumplimiento de los fines, contribuir en el financiamiento de sus necesidades y promover el desarrollo del Movimiento Scout en el país.
Estará integrado por un número ilimitado de personas que representen en forma amplia los diferentes sectores de la vida nacional. Sus integrantes son designados por el Consejo Directivo Nacional, a propuesta de cualquier miembro activo de la Asociación y tienen el carácter de miembros activos.”
… POR REGLAMENTO DEL CONSEJO SCOUT NACIONAL: “El Consejo Scout Nacional es un órgano de apoyo de la Asociación cuya misión es la de facilitar el cumplimiento de sus fines y contribuir al financiamiento de sus necesidades. Representa el propósito de la Comunidad nacional de respaldar al Movimiento Scout como instrumento de desarrollo cívico del Perú en el campo de la formación integral de la juventud.
El Consejo Scout Nacional está integrado por ciudadanos de reconocida solvencia moral y prestigio que representen en forma amplia los diferentes sectores de la vida nacional. Anualmente fijará el número de sus miembros”.
POR ELLO, el Consejo Scout Nacional que tiene misión y composición fijadas por el Estatuto y su Reglamento y cuyos miembros tienen el carácter de miembros activos y tienen permanencia voluntaria e indefinida en su seno, está llamado –en este caso, por la supervivencia de la ASP– a actuar pronto y decididamente y su Comité Coordinador debe convocar a reunión de sus integrantes, para:
- Declarar la vacancia del pleno del consejo directivo nacional.
- Solicitar al Sr. René Arroba Arnáiz, en su condición de último Presidente registrado en la SUNARP, que convoque a Asamblea Nacional Ordinaria para elegir a los miembros del Consejo Directivo Nacional y de la Comisión Revisora de Cuentas.
- Fijar el plazo para la realización de la Asamblea Nacional Ordinaria.
- Designar las Comisiones Asesoras y de Recaudación de Fondos que sean necesario para culminar con éxito la tarea.
- Comunícate directamente con el Doctor Carlos Garatea Yori quien es el actual Presidente del Consejo Scout Nacional, pidiéndole la Convocatoria a reunión del CSN para aprobar los cuatro puntos señalados en pro de la ASP,
- Manifiesta en Logros y Metas, vía correo electrónico, tú parecer sobre los cuatro puntos señalados en pro de la ASP, que gustosamente lo hará llegar al suscrito o al CSN.
Lima, 19 de octubre de 2010
Tomado de Logros y Metras N°338
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