En estos tiempos en los cuales en la ASP constantemente te recuerdan que para ser scout tienes que someterte al glorioso estatuto que nos rige, me llamó muchísimo la atención un comentario que salió en el Gestión del 15 de diciembre.
Se trata de la columna de María del Carmen Tovar, Socia del Estudio Echecopar, en el que comenta que hay límites a la libertad que tienen las asociaciones para establecer sus reglas en sus respectivos estatutos.
Se trata de la columna de María del Carmen Tovar, Socia del Estudio Echecopar, en el que comenta que hay límites a la libertad que tienen las asociaciones para establecer sus reglas en sus respectivos estatutos.
El Tribunal Constitucional ha establecido que vulnera la Constitución el incluir en el estatuto de una asociación -como causa de expulsión- la posibilidad de plantear contra ella o sus asociados una acción judicial que resulte infundada o improcedente. (...) Sabemos que el Tribunal Constitucional puede revisar la constitucionalidad de las normas. En este caso incluyó, dentro de sus atribuciones, la posibilidad de controlar la constitucionalidad de los estatutos de las asociaciones. (...) En una sociedad democrática la autonomía de la voluntad también tiene límites.Interesantísimo comentario adecuado, que deberíamos observar ahora que se viene la Asambla Nacional, en la que evaluaremos si aceptamos o no el nuevo estatuto. Y bueno, también sería interesante si es que por alguna razón vuelven los tiempos en los que se sanciona a dirigentes solamente por el crimen de no estar de acuerdo con tal o cual decisión del jefe scout nacional.
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