SEÑOR COMISIONADO DE LA LOCALIDAD DE LIMA
Jorge Cornejo Salazar, en mi calidad de Sub Jefe de Grupo del Grupo Scout Lima 104, con registro 42962, me presento y digo:
CAUSALES
1. La convocatoria para realizar un nuevo Consejo de Grupo en Lima 104 fue realizada por el saliente presidente de comité de Grupo el mismo que ha renunciado a continuar en el Comité.
2. Que, dejar sin valor el Consejo de grupo por una persona que no esta propuesta para el 2011 ni forma parte del Comité de padres vigente es nula el acuerdo tomado con esta persona Señor Cavero.
3. El Señor Cavero se ha tomado atribuciones que no son de su competencia de solicitar anular la Asamblea de Grupo en la que su persona aprobó los Acuerdos tomados en la Asamblea anterior y no dejó consignado alguna irregularidad.
4. Que, la intromisión en los actos propios del Grupo no puede ser avalada por su persona y aceptar la nulidad del Consejo de Grupo por persona que no esta propuesta en el Consejo, entonces sus actos son nulos y cualquier acuerdo con esta persona son nulo.
5. Se realizó una nueva convocatoria sin exponer los motivos de la nulidad.
6. Desconoció los acuerdos tomados por el pleno del Consejo Scout.
7. Que, no notificó a los miembros para que se pronuncien sobre la nulidad dl Consejo.
8. No solicito que los electos en el Consejo de Grupo presenten su renuncia.
9. Que, no he presentado mi renuncia al cargo de Jefe de Grupo que fui electo.
10. Que, la nueva conformación de los miembros de Jefatura no fue ejercida en una reunión propia de los Dirigentes uniformados.
11. Que, la propuesta de una nueva Jefatura desconociendo la aprobada fue realizada por los miembros del comité de padre de familia que aprobaron la elección de la Jefatura 2011, sin ninguna observación en la que salgo propuesto como Jefe de Grupo.
12. Que, el Acta de la Asamblea de Grupo fue leída y aprobada por todos los presentes y por el mismo Padre Carlos Reátegui (Párroco) - Institución Patrocinadora que firmo el acta y es la que tiene valor.
13. Que, el párroco intervino para dar solución a las graves irregularidades que se querían imponer y que ahora usted a convalidado como Comisionado.
14. Que, han votado en el Consejo de Grupo convocado por disposición suya, miembros que no son del Consejo de Grupo vulnerando la buena Fe del Párroco de nuestra parroquia quienes nuestra Institución patrocinadora y el reglamento de la ASP.
15. Que, su persona ha incurrido en infracción al Reglamento y al RA2011 que es materia de una sanción grave (ver Reglamento).
NULIDAD DE LA ASAMBLEA DE GRUPO SABADO 16 DE JULIO DEL 2011
1. Deberá dejarse sin efecto por las irregularidades incurridas para su CONVOCATORIA para que tenga todos los efectos esta debe ser licita y no fraudulenta para validez y eficacia los acuerdo que se aprueben en la Asamblea.
2. No han sido convocados los miembros del Consejo de Grupo ni los integrantes de la jefatura hábiles para participar como miembros de la Asamblea de Grupo.
3. Que la convocatoria debe ser por el mismo medio a todos los miembros del Grupo para su debida convocatoria no arbitraria ni fraudulenta.
Ante estas graves irregularidades deberá disponer que se deje sin efecto la convocatoria y la realización de la Asamblea de Grupo Lima 104.
Que, su cargo de Comisionado, debe hacer cumplir el Reglamento y el RA2011 y no permitir que se incurran en graves irregularidades que son causales de nulidad del Consejo de Grupo llevada día jueves 26 de mayo 2011 a las 8:00 pm. (Obra video del Consejo) y comunicaciones pertinentes en su oportunidad y la convocatoria que su persona realiza, estando debidamente identificado las irregularidades incurridas deberá dejar sin efecto el Consejo de Grupo de Lima 104 y la Asamblea de Grupo supuestamente convocada para el día de hoy por no ser un acto regular.
Siempre Listos Para servir
Jorge Cornejo Salazar, en mi calidad de Sub Jefe de Grupo del Grupo Scout Lima 104, con registro 42962, me presento y digo:
CAUSALES
1. La convocatoria para realizar un nuevo Consejo de Grupo en Lima 104 fue realizada por el saliente presidente de comité de Grupo el mismo que ha renunciado a continuar en el Comité.
2. Que, dejar sin valor el Consejo de grupo por una persona que no esta propuesta para el 2011 ni forma parte del Comité de padres vigente es nula el acuerdo tomado con esta persona Señor Cavero.
3. El Señor Cavero se ha tomado atribuciones que no son de su competencia de solicitar anular la Asamblea de Grupo en la que su persona aprobó los Acuerdos tomados en la Asamblea anterior y no dejó consignado alguna irregularidad.
4. Que, la intromisión en los actos propios del Grupo no puede ser avalada por su persona y aceptar la nulidad del Consejo de Grupo por persona que no esta propuesta en el Consejo, entonces sus actos son nulos y cualquier acuerdo con esta persona son nulo.
5. Se realizó una nueva convocatoria sin exponer los motivos de la nulidad.
6. Desconoció los acuerdos tomados por el pleno del Consejo Scout.
7. Que, no notificó a los miembros para que se pronuncien sobre la nulidad dl Consejo.
8. No solicito que los electos en el Consejo de Grupo presenten su renuncia.
9. Que, no he presentado mi renuncia al cargo de Jefe de Grupo que fui electo.
10. Que, la nueva conformación de los miembros de Jefatura no fue ejercida en una reunión propia de los Dirigentes uniformados.
11. Que, la propuesta de una nueva Jefatura desconociendo la aprobada fue realizada por los miembros del comité de padre de familia que aprobaron la elección de la Jefatura 2011, sin ninguna observación en la que salgo propuesto como Jefe de Grupo.
12. Que, el Acta de la Asamblea de Grupo fue leída y aprobada por todos los presentes y por el mismo Padre Carlos Reátegui (Párroco) - Institución Patrocinadora que firmo el acta y es la que tiene valor.
13. Que, el párroco intervino para dar solución a las graves irregularidades que se querían imponer y que ahora usted a convalidado como Comisionado.
14. Que, han votado en el Consejo de Grupo convocado por disposición suya, miembros que no son del Consejo de Grupo vulnerando la buena Fe del Párroco de nuestra parroquia quienes nuestra Institución patrocinadora y el reglamento de la ASP.
15. Que, su persona ha incurrido en infracción al Reglamento y al RA2011 que es materia de una sanción grave (ver Reglamento).
NULIDAD DE LA ASAMBLEA DE GRUPO SABADO 16 DE JULIO DEL 2011
1. Deberá dejarse sin efecto por las irregularidades incurridas para su CONVOCATORIA para que tenga todos los efectos esta debe ser licita y no fraudulenta para validez y eficacia los acuerdo que se aprueben en la Asamblea.
2. No han sido convocados los miembros del Consejo de Grupo ni los integrantes de la jefatura hábiles para participar como miembros de la Asamblea de Grupo.
3. Que la convocatoria debe ser por el mismo medio a todos los miembros del Grupo para su debida convocatoria no arbitraria ni fraudulenta.
Ante estas graves irregularidades deberá disponer que se deje sin efecto la convocatoria y la realización de la Asamblea de Grupo Lima 104.
Que, su cargo de Comisionado, debe hacer cumplir el Reglamento y el RA2011 y no permitir que se incurran en graves irregularidades que son causales de nulidad del Consejo de Grupo llevada día jueves 26 de mayo 2011 a las 8:00 pm. (Obra video del Consejo) y comunicaciones pertinentes en su oportunidad y la convocatoria que su persona realiza, estando debidamente identificado las irregularidades incurridas deberá dejar sin efecto el Consejo de Grupo de Lima 104 y la Asamblea de Grupo supuestamente convocada para el día de hoy por no ser un acto regular.
Siempre Listos Para servir
Jorge Cornejo Salazar
NOTA DEL EDITOR: A solicitud del Dr. Jorge Cornejo Salazar publicamos parte la comunicación que él remitió al Comisionado Scout de Lima. Tomado de Logros y Metas N°400
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